¿Quién está exento de los requisitos de trabajo de SNAP (CalFresh) en California?
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Una nueva ley nacional aprobada en 2025 amplió las reglas de los requisitos de trabajo para los beneficiarios de CalFresh en todo el país; esto significa que más personas deben demostrar que cumplen con los requisitos o arriesgarse a perder sus beneficios.
A partir del 1 de junio de 2026, si recibe CalFresh (beneficios de SNAP) en California y se le considera un "adulto físicamente capaz sin dependientes" (ABAWD), es posible que deba demostrar que está trabajando, haciendo trabajo voluntario o participando en un programa de capacitación al menos 20 horas a la semana (u 80 horas al mes), o ganando al menos $217.50 a la semana antes de impuestos, para poder seguir recibiendo beneficios por más de 3 meses en un período de 3 años. Ninguno de sus meses cuenta hasta que su condado lo haya evaluado para exenciones, lo cual ocurrirá en su próxima renovación.
Pero muchas personas en California pueden estar exentas de estos requisitos de trabajo (es decir, que no tienen que cumplirlos) sin siquiera saberlo.
Puede estar exento de los requisitos de trabajo ABAWD en California si usted:
- Tiene 65 años o más
- Tiene menos de 18 años
- Vive con un niño menor de 14 años
- Tiene una incapacidad física o mental para trabajar más de 20 horas a la semana
- Está embarazada actualmente
- Es nativo americano, nativo de Alaska, indígena urbano o indígena de California que califica según las reglas federales
- Está inscrito al menos medio tiempo en una escuela, programa de capacitación o universidad reconocidos
- Cuida a alguien que no pueda cuidarse a sí mismo, o a un niño menor de 6 años, aunque no vivan con usted
- Cumple con los requisitos de trabajo de otro programa, como CalWORKs, o recibe beneficios de desempleo o los está solicitando
- Participa regularmente en un programa de tratamiento y rehabilitación por adicción a drogas o alcohol
- No puede trabajar debido a una adicción a drogas o alcohol, violencia doméstica, o una situación de calle crónica relacionada con un problema de salud física o mental
Los veteranos y los jóvenes que salen del sistema de acogida antes formaban parte de esta lista, pero ya no están exentos automáticamente y ahora deberán cumplir con estos requisitos de trabajo. Las personas en situación de calle tampoco están exentas automáticamente, aunque la situación de calle crónica relacionada con un problema de salud física o mental todavía puede calificar para una exención.
¿Dónde se eximió del requisito de trabajo ABAWD en California?#donde-se-eximio-del-requisito-de-trabajo-abawd-en-california
California eximió del requisito de trabajo ABAWD en siete condados desde el 1 de noviembre de 2025 hasta el 31 de octubre de 2026:
- Alpine
- Colusa
- Imperial
- Merced
- Monterey
- Plumas
- Tulare
Si vive en uno de estos condados, no tiene que cumplir con el requisito de trabajo ABAWD durante este período. Esto significa que es posible que pueda seguir recibiendo CalFresh por más de tres meses, incluso si no está trabajando o completando otra actividad que califique.
Para conocer las exenciones generales de los requisitos de trabajo que aplican a todos los beneficiarios de CalFresh de 16 a 59 años (no solo a los ABAWD), consulte nuestra guía completa sobre las exenciones de los requisitos de trabajo de SNAP.
¿Cómo reporto una exención de trabajo de CalFresh en California?#como-reporto-una-exencion-de-trabajo-de-calfresh-en-california
Una vez que sepa que califica para una exención, debe informarle a su oficina de CalFresh del condado. Puede reportar una exención cuando solicita CalFresh, durante su renovación ( recertificación) de CalFresh, o en cualquier momento en que cambien sus circunstancias.
Para muchas exenciones, basta con informarle a su trabajador que lleva su caso. California generalmente acepta su palabra, a menos que algo en su situación necesite una revisión más detallada.
Esto es cómo reportar que está exento en California:
- En línea: BenefitsCal.com
- Por teléfono: CalFresh Benefits Helpline (Línea de Ayuda de CalFresh), 1-877-847-3663
- En persona: busque su oficina del condado
¿Qué documentos necesito para comprobar una exención?#que-documentos-necesito-para-comprobar-una-exencion
Algunas exenciones se confirman automáticamente con la información que ya está en su expediente; otras necesitan documentación. Esto es lo que podría necesitar para cada exención:
Si tiene 65 años o más, o menos de 18 años#si-tiene-65-anos-o-mas-o-menos-de-18-anos
No necesita comprobante adicional: su edad ya está registrada en su caso.
Si vive con un niño menor de 14 años#si-vive-con-un-nino-menor-de-14-anos
No necesita comprobante adicional. Esto generalmente se confirma con la información del hogar que ya está en su expediente.
No necesita ser el padre o la madre del niño ni tener la custodia legal, y más de un adulto en su hogar puede calificar para la exención basándose en el mismo niño.
Si tiene una incapacidad física o mental para trabajar#si-tiene-una-incapacidad-fisica-o-mental-para-trabajar
Si no puede trabajar debido a una condición física o mental, incluyendo una adicción o una situación de calle crónica relacionada con un problema de salud, su oficina de CalFresh puede pedirle comprobante, como una nota de un médico u otro proveedor de atención médica, como un trabajador social o una enfermera, o comprobante de que recibe beneficios por discapacidad como SSDI, SSI, compensación laboral, discapacidad de VA o beneficios estatales por discapacidad.
Si su condición es evidente, por ejemplo, si tiene un yeso o su trabajador que lleva su caso puede ver claramente que no puede trabajar, generalmente no necesitará documentación adicional.
Su condado puede pedirle a su proveedor de atención médica que complete el CalFresh Medical Certification Form (Formulario de Certificación Médica de CalFresh) ( CF 887) para confirmar que su condición le impide trabajar. Si recibe este formulario, pídale a su proveedor que lo complete y lo devuelva a su oficina de CalFresh del condado, o que lo suba a su cuenta de BenefitsCal.
Si está embarazada#si-esta-embarazada
Generalmente basta con informarle a su trabajador que lleva su caso. California solo pedirá documentación médica de su fecha de parto en ciertas circunstancias.
Si es miembro de una tribu o grupo indígena o nativo de Alaska en particular#si-es-miembro-de-una-tribu-o-grupo-indigena-o-nativo-de-alaska-en-particular
Basta con autoreportarlo para calificar para esta exención. No necesita presentar documentación, a menos que su trabajador que lleva su caso tenga una razón específica para pedirla.
Si está inscrito al menos medio tiempo en la escuela, en capacitación o en la universidad#si-esta-inscrito-al-menos-medio-tiempo-en-la-escuela-en-capacitacion-o-en-la-universidad
Generalmente basta con informarle a su trabajador que lleva su caso. California puede pedir algo como una carta de verificación escolar solo si necesita confirmarlo.
Si es responsable del cuidado de alguien que no puede cuidarse a sí mismo#si-es-responsable-del-cuidado-de-alguien-que-no-puede-cuidarse-a-si-mismo
La persona que cuida no necesita vivir con usted. Generalmente basta con informarle a su trabajador que lleva su caso: no necesita comprobante adicional, a menos que su situación necesite más claridad. Si la necesita, California le pedirá una declaración médica que confirme la condición de la persona y cuántas horas de cuidado necesita.
Si más de una persona en su hogar reclama esta exención para el mismo individuo, también necesitará una nota médica que confirme que la persona requiere más de un cuidador.
Si no puede trabajar por ser víctima o sobreviviente de violencia doméstica#si-no-puede-trabajar-por-ser-victima-o-sobreviviente-de-violencia-domestica
Generalmente basta con informarle a su trabajador que lleva su caso para calificar para esta exención, y por lo general no necesita presentar evidencia detallada del abuso. Si su trabajador que lleva su caso necesita más información, un reporte policial o una declaración escrita de un consejero de violencia doméstica, un profesional médico o de salud mental, o un trabajador social debería ser suficiente.
Si recibe beneficios de desempleo o los está solicitando#si-recibe-beneficios-de-desempleo-o-los-esta-solicitando
Generalmente no necesita presentar nada. Si ha solicitado beneficios de desempleo, pero todavía no ha comenzado a recibirlos, su propia declaración es suficiente. Si ya está recibiendo beneficios de desempleo, generalmente también basta con informarle a su trabajador que lleva su caso; California solo verificará más a fondo con el Departamento de Desarrollo del Empleo (EDD) si algo en su situación parece cuestionable.
Si participa regularmente en un programa de tratamiento por adicción a drogas o alcohol#si-participa-regularmente-en-un-programa-de-tratamiento-por-adiccion-a-drogas-o-alcohol
Es posible que deba presentar comprobante de que participa activamente en el programa, como una carta u otro documento de su centro de tratamiento. Si tiene documentación que muestre su participación, entréguela a su oficina de CalFresh del condado.
Cómo apelar una determinación de requisitos de trabajo de CalFresh en California#como-apelar-una-determinacion-de-requisitos-de-trabajo-de-calfresh-en-california
Si California le deniega su exención, decide que no está cumpliendo con el requisito de trabajo, o le suspende los beneficios debido al límite de tiempo de ABAWD, tiene el derecho de apelar. Esto se llama una audiencia imparcial.
Cómo solicitar una audiencia: comuníquese con el CDSS State Hearings Division (División de Audiencias Estatales del CDSS) por teléfono al 1-800-743-8525 o en línea. También puede enviar este formulario por correo electrónico a SHDCSU@dss.ca.gov, o por correo postal a CDSS State Hearings Division, PO Box 944243, MS 21-37, Sacramento, CA 94244-2430. No necesita un abogado para solicitar una, aunque hay ayuda legal gratuita disponible (vea abajo).
Fecha límite para solicitar una audiencia: tiene 90 días desde la fecha de su aviso para solicitar una audiencia imparcial.
Cómo mantener sus beneficios durante la apelación: para seguir recibiendo sus beneficios actuales mientras su apelación está pendiente, solicite la audiencia dentro de los 10 días de la fecha de su aviso o antes de que sus beneficios estén programados para detenerse. Sus beneficios no continuarán más allá de su período de certificación, así que de todas formas deberá recertificarse a tiempo, incluso si su apelación está en curso.
Si gana: sus beneficios de CalFresh se restablecerán, incluyendo cualquier beneficio que haya perdido mientras su apelación estaba pendiente.
Si pierde: si siguió recibiendo depósitos de CalFresh mientras su apelación estaba pendiente, es posible que deba devolver los beneficios para los que no era elegible.
Ayuda legal gratuita: Legal Services of Northern California (Servicios Legales del Norte de California), California Rural Legal Assistance (Asistencia Legal Rural de California), Bay Area Legal Aid (Ayuda Legal del Área de la Bahía), o busque en LawHelpCA una oficina de ayuda legal cerca de usted.